Su baja fue clasificada como enfermedad común. Conseguimos que el INSS la declarara accidente laboral
Una trabajadora sufrió un accidente de trabajo y, sin embargo, su médico de cabecera tramitó la baja como contingencia común. Tras solicitar la determinación de contingencias ante el INSS, la Dirección Provincial rectificó y declaró que la baja derivaba de un accidente laboral, con la obligación de la mutua de abonar las diferencias económicas desde el inicio del proceso.
Resolución INSS · Dirección Provincial de Valencia · Febrero 2026Seguridad Social · Determinación de contingencias
La situación
Nuestra clienta sufrió un accidente de trabajo que le provocó lesiones por las que necesitó varios procesos de baja médica. Sin embargo, cuando acudió a su médico de cabecera, este tramitó la baja como contingencia común (enfermedad común), en lugar de vincularla al accidente laboral que realmente la había originado.
Esta clasificación incorrecta tenía consecuencias económicas directas para la trabajadora: mientras que en una baja por contingencia común la prestación se calcula a partir del cuarto día y con porcentajes inferiores, en una baja por accidente de trabajo la prestación es del 75% de la base reguladora desde el día siguiente al accidente, y su cobertura corre a cargo de la mutua colaboradora.
Además, la trabajadora se encontraba con varios procesos de incapacidad temporal acumulados que derivaban del mismo origen —el accidente laboral— pero que administrativamente figuraban como enfermedad común, lo que distorsionaba por completo su situación prestacional.
Todos los procesos de baja derivaban del mismo accidente de trabajo. La clasificación como contingencia común perjudicaba económicamente a la trabajadora y no reflejaba la realidad de lo ocurrido.
Nuestra actuación
Tras estudiar el historial clínico y la documentación del accidente, presentamos una solicitud de determinación de contingencias ante la Dirección Provincial del INSS, al amparo del artículo 6 del Real Decreto 1430/2009 y del artículo 3 del Real Decreto 625/2014.
En nuestra solicitud acreditamos que el proceso de incapacidad temporal y los procesos acumulados tenían su origen directo en el accidente laboral sufrido por la trabajadora, aportando documentación médica que vinculaba las dolencias con el siniestro profesional. La clave fue demostrar el nexo causal entre el accidente y todas las bajas posteriores, que el médico de cabecera había tramitado erróneamente por contingencia común.
La solicitud de determinación de contingencias es un procedimiento específico ante el INSS en el que el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) emite un dictamen sobre la verdadera causa de la baja. Es un trámite que muchos trabajadores desconocen y que puede cambiar por completo su situación económica.
El resultado
La Dirección Provincial del INSS en Valencia resolvió estimar nuestra solicitud y declarar que los procesos de incapacidad temporal derivaban de un accidente laboral, contingencia profesional:
Gracias a la solicitud de determinación de contingencias, nuestra clienta pasó de cobrar una prestación por enfermedad común a percibir la que le correspondía por accidente de trabajo, con el consiguiente incremento económico y la regularización de todas las diferencias acumuladas.
¿Tu baja está clasificada como enfermedad común pero crees que deriva de un accidente de trabajo?
Es más frecuente de lo que parece: muchas bajas se tramitan por contingencia común cuando en realidad derivan de un accidente laboral. La diferencia económica es importante —tanto en el porcentaje de la prestación como en quién la abona y desde cuándo—. El procedimiento de determinación de contingencias permite que el INSS revise la clasificación y, si procede, declare la contingencia profesional con efectos retroactivos.
¿Qué es la determinación de contingencias?
Es un procedimiento administrativo ante el INSS para que se determine si una baja médica deriva de enfermedad común, enfermedad profesional o accidente de trabajo. Lo resuelve el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) y su resolución vincula a la mutua y al Servicio Público de Salud. Si la contingencia cambia, la entidad responsable debe abonar las diferencias económicas acumuladas.
¿Te encuentras en una situación similar?
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Resolución de la Dirección Provincial del INSS en Valencia, febrero de 2026. Datos personales anonimizados para proteger la confidencialidad de la clienta. Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico individualizado.
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