Protocolo de acoso laboral: si tu empresa no lo activa con urgencia, puedes extinguir el contrato con indemnización de despido improcedente y daños morales

Si comunicaste una situación de acoso laboral y solicitaste la activación del protocolo antiacoso de tu empresa, pero el expediente no avanza, no te informan y la investigación se demora sin justificación, esa falta de diligencia constituye un incumplimiento grave que puede facultarte para solicitar la extinción indemnizada de tu contrato al amparo del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, con indemnización equivalente a la del despido improcedente más daños morales.